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Miércoles, 15 Abril 2020 00:35

NOTARIAS ABREN PARCIALMENTE PARA ATENDER TESTAMENTOS Y CONTRATOS PUBLICOS

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QUITO(ABR.14.04.2020(AgenciAne)._ Las notarías  reanudaron   parcialmente  el servicio presencial, especialmente para atender el trámite de testamentos e inscripción de contratos públicos.

La orden de abrir  fue impartida por el  Consejo Nacional de la Judicatura sin embargo  de la emergencia sanitaria  que obliga  al confinamiento  familiar y que ha cumplido ya  treinta días.

Los actos y contratos que  atenderán  las notarías en todo el país    son: testamentos;poderes especiales y generales;poderes en licitación de contratos públicos y otros que sirvan para el cumplimiento de la emergencia sanitaria;posesiones efectivas por el fallecimiento de personas dentro del periodo de emergencia;insinuaciones y donaciones de instituciones públicas, privadas y personas naturales cuya finalidad sea contribuir a superar la emergencia sanitaria que atraviesa el país;fideicomisos o negocios fiduciarios que tengan por finalidad la constitución de patrimonios autónomos para la administración de recursos monetarios destinados a la emergencia sanitaria;reconocimiento de firmas para legalizar el otorgamiento de créditos concedidos por el sistema financiero y la restructuración de los mismos;declaraciones juramentadas relacionadas con la emergencia sanitaria que atraviesa el país así como para el ingreso al sector público.

Además  se tramitarán: autorizaciones de salida del país de menores de edad por asuntos humanitarios;protocolizaciones de contratos celebrados con el estado;procuraciones judiciales para la representación de causas siempre que los otorgantes no puedan comparecer personalmente;constitución de contra garantías para garantizar obligaciones derivadas de pólizas de seguros emitidas para afianzar contratos públicos que tengan relación con la emergencia sanitaria;los actos relacionados con los procedimientos de contratación pública;constitución de prendas e hipotecas;reconocimientos de firma;suscripción de contratos de mutuo con reconocimientos de firmas;suscripción de contratos relacionados con la actividad que presta el sistema financiero nacional y   contratos jurídicos que tengan relación directa e indirecta con el estado de emergencia sanitaria del país, debidamente justificados.

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