Las acciones de repetición las patrocina la Procuraduría General del Estado, entidad que como abogado del Estado(PGE) tiene la obligación de demandar al funcionario o servidor público para que devuelva o reintegre lo que el Estado paga por indemnizaciones a quienes fueron afectados por la violación de sus derechos.
La Procuraduría General participa en tres casos de acciones de repetición: Camba Campos, Quintana Coello y Sarayaku. Los tres procesos se encuentran actualmente en sustanciación ante los respectivos tribunales de lo Contencioso Administrativo de las ciudades de Quito y Ambato.
En el caso Sarayaku se busca que unos 21 servidores y exservidores públicos devuelvan al Estado alrededor de $ 1’404.344,62 que fue el valor por reparaciones que recibió el pueblo indígena de Sarayaku porque no se hizo una consulta previa sobre actividades petroleras en sus tierras, no consideraron las afectaciones a la vida e integridad de los miembros de esa comunidad indígena al permitir actividades de exploración y búsqueda de petróleo y fundamentalmente por haber autorizado el uso de pentolita, un explosivo de alto poder, para dichas labores exploratorias.
Estos funcionarios, según la Procuraduría General del Estado “por sus acciones u omisiones en el desempeño de sus cargos” deberán devolver dicha suma.. El consorcio petrolero que operaba en territorio Sarayaku, suspendió definitivamente sus actividades por motivos de “fuerza mayor”.
Las acciones de repetición en los casos conocidos como: Camba Campos, Quintana Coello, son en contra del ex Presidente de la República, Lucio Gutiérrez, los ex diputados, ex jueces y ex vocales del Tribunal Constitucional, que en una acción concertada, en el año 2004, destituyeron a varios jueces de la Corte Suprema de Justicia y a vocales del Tribunal Constitucional.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, condenó al Estado ecuatoriano a pagar una compensación económica superior a los 12 millones de dólares, porque, estableció que se habían vulnerado los derechos de los destituidos. El Estado al momento ha cumplido en el 90 por ciento de la sentencia de la CorteIDH y los ex jueces han recibido sus indemnizaciones individuales que superan los 600 mil dólares, según cada caso.
En la sentencia la CorteIDH consideró que los diputados del Congreso Nacional, adoptaron una medida arbitraria y contraria a la propia normativa nacional; que el rol del Presidente de la República, en funciones a la época, fue determinante en los eventos que generaron la vulneración de derechos; mientras que los jueces de instancia tienen responsabilidad por cuanto conocieron y negaron las acciones de amparo propuestas.
Finalmente se determinó que, la actuación de los vocales del Tribunal Constitucional de ese entonces, al emitir una resolución el 2 de diciembre de 2004, impidieron a los afectados interponer acciones de amparo en contra de resoluciones adoptadas por la Función Legislativa.
La Procuraduría General del Estado a nombre de la Presidencia de la República, Asamblea Nacional y Consejo de la Judicatura, en conjunto, una vez identificados los nombres de quienes con sus acciones u omisiones causaron la vulneración de derechos, presentó las demandas de Acción de Repetición.



MADRID QUITO (Agencia ANE).- En la ciudad de Toledo-España,fue descubierto un laboratorio que se dedicaba a extraer clorohidrato de cocaína de sacos de harina de maíz exportados desde Colombia.