La denuncia fue presentada ante la Corte Internacional de Justicia que tiene su sede en La Haya(Países Bajos),de conformidad con el artículo III del Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 y Artículo 1 de la Convención sobre Asilo Político de 1933, artículo XXXI del Pacto de Bogotá y párrafo 1 del artículo 36 del Estatuto de la Corte.
Un comunicado de la CIJ da cuenta de la denuncia diciendo que se trata de una demanda de “interposición de un proceso contra México en relación con una controversia relacionada con la presunta violación por parte de México de una serie de obligaciones contraídas con Ecuador en virtud del derecho internacional, derivadas de la conducta de México en relación con el Sr. Jorge David Glas Espinel (ex Vicepresidente de Ecuador).”
Ecuador sostiene que México utilizó las instalaciones de su misión diplomática en Quito entre el 17 de diciembre de 2023 y el 5 de abril de 2024 "para proteger al Sr. Glas de la aplicación de su legislación penal" en relación con varios procesos e investigaciones penales iniciados en su contra y que estas acciones "constituyeron, entre otras cosas, un uso flagrante de los locales de una misión diplomática.
La demanda interpuesta también hace referencia a las injuriosas declaraciones efectuadas por el Presidente de México,Manuel López Obrador.
Este martes, entre tanto la Corte Internacional abrirá un periodo de audiencias para que México exponga la violación de la sede diplomática en Quito y Ecuador replique las acusaciones de violación al convenio de asilo diplomático.
En concreto Ecuador denuncia que México:
- Ha incumplido sus obligaciones de respetar las leyes y reglamentos del Estado receptor, no interferir en los asuntos internos del Estado receptor y no utilizar los locales de la misión de manera incompatible con las funciones de la misión diplomática, de conformidad con el artículo 41 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961;
- Ha incumplido, entre otras, sus obligaciones de no otorgar asilo a personas que se encuentren procesadas o en juicio por delitos comunes o hayan sido condenadas por tribunales ordinarios competentes, y de entregarlas a las autoridades locales, de conformidad con el artículo III del Convención sobre Asilo Diplomático de 1954 y Artículo 1 de la Convención sobre Asilo Político de 1933;
- Ha violado los principios de igualdad soberana, integridad territorial y no intervención en los asuntos internos de otros Estados conforme a la Carta de las Naciones Unidas, la Carta de la Organización de los Estados Americanos y el derecho internacional consuetudinario; y
- Ha violado su obligación de cooperar en asuntos anticorrupción de conformidad con el Artículo XIV de la Convención Interamericana contra la Corrupción de 1996 y los Artículos 43, 46 y 48 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de 2003.
Por lo que solicita que la Corte Internacional de Justicia:
- Resuelva y declare, que al realizar a través de su Jefe de Estado declaraciones falsas e injuriosas que pongan en duda la legitimidad de las elecciones de 2023 en Ecuador, los Estados Unidos Mexicanos ha violado el principio de no intervención en los asuntos internos de otros Estados conforme a la Carta de las Naciones Unidas, la Carta de la Organización de los Estados Americanos, otros instrumentos relacionados y el derecho internacional consuetudinario.
- Juzgue y declare las consecuencias jurídicas para los Estados Unidos Mexicanos derivadas de sus hechos internacionalmente ilícitos.



MADRID QUITO (Agencia ANE).- En la ciudad de Toledo-España,fue descubierto un laboratorio que se dedicaba a extraer clorohidrato de cocaína de sacos de harina de maíz exportados desde Colombia.
QUITO (Agencia Ane)._El gobierno ecuatoriano denunció a México por incumplir sus obligaciones de no “ otorgar asilo a un grupo de ecuatorianos que se encuentren procesadas o en juicio por delitos comunes y que están condenados por los tribunales de justicia ordinarios competentes.