El proyecto de Ley Orgánica para Impulsar el Trabajo de la Mujer, Igualdad de Oportunidades y la Economía Violeta, fue aprobado por la Asamblea Nacional y para su vigencia pasará por la aceptación o objeción del presidente de la República.Si no es aceptada dejará de ser violeta y se ignora si cambiará de color y de nombre o se deberá esperar un año para insistir en su vigencia.
Según los legisladores que la aprobaron, la propuesta tendría como objetivo eliminar brechas y tratos discriminatorios que impidan a la mujer participar a nivel laboral, profesional, educativo, económico, social y político.
Propone incentivos y garantías legales como la creación de programas para mejorar la empleabilidad con el propósito de incrementar la participación de las mujeres en el mercado laboral;i incentivos para su inserción en los sectores productivo, agrícola, avícola, pecuario y pesquero, incluyendo a aquellas que se encuentran en zonas de riesgo y transfronterizos.
Otro potencial beneficio sería la eliminación de todo tipo de barreras que impidan la igualdad para selección e inserción laboral. Además se contempla la igualdad en remuneración, eliminación de roles de género;establecer mecanismos para igualdad de oportunidades y trato en los espacios de trabajo.
Otras artículos del proyecto aprobado son las medidas que se establecen contra el acoso sexual y acoso por razones de género en el trabajo.
Los empleadores con 25 o más trabajadoras deberán promover condiciones de trabajo para evitar el acoso en el lugar de trabajo y con 50 o más trabajadores deberán adoptar un conjunto sobre el rol de las mujeres, implementar estrategias y prácticas, objetivos y evaluaciones queque deberá controlar el Ministerio del Trabajo.
En el proyecto se proponen reformas a la Ley de Régimen Tributario Interno como hasta un 140% adicional de deducibilidad de gastos por la creación de nuevas plazas de trabajo para la contratación de mujeres, según su permanencia.
Las empresas podrán gozar de este incentivo tributario durante 3 ejercicios fiscales de acuerdo con el porcentaje de creación de nuevas plazas de trabajo para mujeres. Las deducciones no son acumulables con aquellas vinculadas a remuneraciones y beneficios sociales sobre los cuales se aporta al IESS y aquellas que se encuentran contempladas en el Art. 10 numeral 9 de la Ley de Régimen Tributario Interno.

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