El servicio nacional de compras públicas,SERCOP, introdujo varios cambios a resoluciones expedidas en la administración del gobierno de la revolución ciudadana que facilitó las contrataciones mediante una cadena de decretos de declaratoria de emergencia nacional que al final resultaron contrataciones fraudulentas y corruptas,precisamente utilizando la plataforma de contratación pública.Los sobreprecios era una regla no la excepción, según la Procuraduría General del Estado.
Para esta emergencia sanitaria, el gobierno ha destinado alrededor de 120 millones de dólares, en una primera fase, y espera préstamos de contingencia de organismo multilaterales como el FMI.bancos Mundial, Latinoamericano de inversiones,CAF,Interamericano de Desarrollo, BID.
SERCOP mediante una resolución anula otra expedida en el año 2016. Ahora dice una parte de la nueva resolución: en la declaratoria de emergencia será obligación de la entidad contratante declarar de forma expresa que existe una imposibilidad de llevar a cabo procedimientos de contratación comunes para superar la situación de emergencia. la declaración de emergencia calificará la situación que requiere ser solventada, a través del correspondiente acto administrativo debidamente motivado y justificado.
Toda resolución que declara la emergencia se publicará inmediatamente en el Portal compraspúblicas como un requisito previo y habilitante para continuar con las contrataciones de emergencia.
Sin embargo, según SERCOP, la declaratoria de estado de excepción efectuada por el Presidente Moreno no reemplaza a la declaratoria de emergencia que cada entidad contratante debe emitir y publicar, tales como las entidades del gobierno central, entidades desconcentradas y los gobiernos autónomos descentralizados. Además dispone que “el plazo de duración de la declaratoria de emergencia no podrá ser mayor a sesenta (60) días, salvo que el Presidente de la República prorrogue o amplíe el estado de excepción, o en su defecto, emita uno nuevo; en cuyo caso, el plazo de la declaratoria de emergencia estará supeditado a lo decretado por el Presidente, en lo que fuera aplicable”.
De otro lado en la contratación de obras, bienes o servicios, incluido los de consultoría, en situaciones de emergencia se deberá verificar una relación directa y objetiva entre la situación de emergencia y la urgencia de efectuar un procedimiento de contratación para suplir una necesidad actual y emergente que haya surgido como resultado de la situación de emergencia. Las entidades contratantes no podrán aplicar procedimientos que no guarden relación o no tengan efecto o incidencia alguna en la contingencia de la emergencia y tampoco podrán utilizar la emergencia para realizar contrataciones que se encontraban planificadas.
Además SERCOP dispone que, previa a la contratación, se presente una certificación de disponibilidad presupuestaria, que existan parámetros y objetivos que respalden el precio obtenido y que la compra emergente sea ágil, inmediata, rápida, transparente y sencilla. No se podrá adquirir bienes, contratar servicios o consultorías y obras cuyo plazo de ejecución contractual se extienda más allá del tiempo previsto para la emergencia. Se hacen lo contrario este tipo de contrataciones constituirán la presunción de que la contratación no fue necesaria.
La compra deberá ser eficiente e inmediata, y se sujetará a los principios de transparencia, concurrencia, trato justo e igualdad. SERCOP podrá, en cualquier momento, iniciar las acciones de control , suspensión de cualquier actuación o inclusive de la declaratoria de emergencia por incumplimiento de la ley, así como por la inexistencia de nexo entre las contrataciones que se están realizando con la situación de emergencia declarada.Todo contrato, orden de compra o factura generada en el marco de la declaratoria de emergencia deberá estar firmado y emitirse por escrito, caso contrario, no será considerado como una contratación enmarcada en la declaratoria de emergencia.
Estas disposiciones, sin embargo “no serán aplicables a los casos de compras centralizadas (corporativas) de emergencia.”
