Imprimir esta página
Miércoles, 06 Mayo 2020 23:12

DICTAN PAUTAS PARA REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y RETORNO AL TRABAJO

Escrito por
Valora este artículo
(0 votos)

 

 

Coronavirus en Ecuador, resumen al jueves 9 de abril en Semana ...

QUITO(MAY.06.05.2020(AgenciAne)._ El COE  y el  Ministerio del Trabajo  expidieron sus respectivas    pautas  para la reactivación productiva  y económica  y  el retorno progresivo al trabajo  en los sectores público y  privado,entre tanto sigue vigente el estado de excepción por calamidad nacional y se mantiene el toque de queda con diferentes horarios,según la situación en provincias

Los   instructivos  son de  obligatorio cumplimiento por patronos y trabajadores.Son  protocolos para   neutralizar  la propagación de coronavirus que continúa su incontrolable  y devastador camino cegando  la vida   miles de ecuatorianos.  El    Consejo de Seguridad Nacional, entre tanto,  apoyó para que  el presidente de la República, extienda  por 30 días más  el estado de excepción  por calamidad nacional, para que  en ese lapso  se realice  una reingeniería integral de los presupuestos institucionales de las funciones del Estado.
El instructivo del  Comité de Operaciones Especiales COE Nacional en lo principal  establece:

La reanudación  gradual de actividades  productivas  por regiones o zonas.    

Los patronos  deberán  controlar que los trabajadores   no asistan al lugar de trabajo si  presentan sintomatología asociada con COVID-19, hasta descartar la confirmación de un caso positivo; si  han estado en contacto estrecho o compartido un espacio físico sin guardar la distancia interpersonal con un caso confirmado, incluso en ausencia de síntomas, por un período de al menos 14 días; establecer  si las personas que se encuentran dentro de los grupos de atención prioritaria y factores de riesgo   son  personas con discapacidad, tercera edad, embarazadas o por padecer enfermedades catastróficas o afecciones médicas anteriores y mayores a 55 años.

Para el desplazamientos al lugar de trabajo y retorno a su hogar  los empleados  y trabajadores deberán guardar la distancia interpersonal,usar obligatoriamente mascarilla,limpiarse y desinfectarse las  manos antes y después de hacer uso de los medios de transporte;siempre que se pueda, es preferible el transporte individual. 

En el lugar  del trabajo se  registrará durante el ingreso información de la salud de los trabajadores y la toma de temperatura,realizar un adecuado lavado de manos con jabón líquido y desinfección al ingresar al lugar  y luego de tener contacto con superficies y áreas comunes; usar obligatoriamente  mascarilla durante la jornada laboral;mantener la distancia interpersonal de al menos 2 metros en todo momento;cerrar las áreas comunes no imprescindibles y en aquellas necesarias  establecer  procedimientos adecuados para mantener el distanciamiento social; organizar la entrada al trabajo de forma escalonada para evitar aglomeraciones. Si el espacio de trabajo no permite mantener la distancia interpersonal, se debe contemplar la posibilidad de redistribuir las tareas, modificar horarios de trabajo y/o hacerlas por teletrabajo.

En aquellos establecimientos abiertos al público  se deberá implementar medidas para minimizar el contacto entre las   trabajadoras y los clientes o público en general;  limpiar y desinfectar el lugar de trabajo después de atender a un cliente, entre turnos de trabajo y durante el descanso del personal del centro de trabajo.

Los patronos   deberán proveer al personal de los productos de higiene,   como jabón líquido, pañuelos desechables y alcohol en gel al 70%;   contar con aprovisionamiento suficiente de material de protección, de acuerdo al riesgo al que se encuentre expuesto el trabajador o funcionario; tener un plan de contingencia identificando el riesgo biológico de las diferentes actividades que se desarrollan en el lugar de trabajo y adoptar medidas de protección en cada caso de acuerdo con la normativa aplicable,así como establecer mecanismos que permitan identificar, aislar, captar y notificar casos de trabajadores que manifiesten signos y síntomas en su lugar de trabajo, con el objeto de prevenir la propagación de COVID-19.

Las  empresas que cuenten con dispensarios médicos deben disponer de pruebas diagnósticas para activar el protocolo en caso de sintomatología y  deberán hacer un seguimiento de los casos con resultados positivos, implementando los protocolos sanitarios vigentes en articulación con el establecimiento de salud más cercano.

Los trabajadores están obligados  a cumplir con todas las medidas de prevención que indique el empleador;mantener la distancia interpersonal de al menos 2 metros;evitar el saludo con contacto físico, incluido el dar la mano o beso;evitar utilizar equipos y dispositivos tecnológicos de otros trabajadores.Tampoco deberán   compartir o re usar equipos de protección personal de otros trabajadores;deberán lavarse frecuentemente las manos con agua y jabón líquido. 

En caso de   notar síntomas, reportar al médico ocupacional,a la Unidad de Talento Humano o al técnico de seguridad o salud ocupacional, a fin de que extremen precauciones y coordinen la valoración médica e informar si han estado en contacto con personas que fueron diagnosticadas con COVID-19.

Visto 5467 veces
Agencia de Noticias de Ecuador

Lo último de Agencia de Noticias de Ecuador