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Jueves, 12 Octubre 2023 03:36

INTOCABLES JUECES CONSTITUCIONALES Y FISCAL

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QUITO,11 OCT. 2023(Agencia Ane)._ Los jueces constitucionales y la Fiscal General del Estado serán intocables hasta que cumplan los periodos constitucionales para los que fueron elegidos por  el CPCCS-Transitorio. En el futuro dependerán de la Asamblea Nacional si decide someterlos a juicio político, especialmente en el caso de la Fiscal, Diana Salazar.

Hasta finales del septiembre  esos magistrados y la Fiscal General, Diana Salazar estuvieron en peligro ante la pretensión del ex presidente del CPCCS, Alembert Vera  y de otros consejeros, alineados al movimiento Revolución ciudadana,  de  anular  el dictamen  2-19-IC/19  emitido por la Corte Constitucional, mediante el cual prohibía al actual Consejo revisar o anular las decisiones  del organismo que  dirigía el extinto  presidente, Julio  César Trujillo.

Vera y el  secretario jurídico de la institución,Ismael Merizalde, fueron destitutidos,mientras el juez  de Montecristo Patricio Quimís y los  otros miembros del Consejo y siguen  sometidos  a  investigación antes de tomar la decisión constitucional  de sancionarlos.

La Corte Constitucional echó abajo esta intención de quitar del medio  a la Fiscal Salzar por haber investigado los actos de corrupción de Correa, Glas y otros ex ministros del gobierno de la revolución ciudadana. Para el caso de los jueces, se pretendía crear una veeduría ciudadana para que los juzgue y destituya.

   El pleno  del CPCCS  en cumplimiento  de la orden constitucional resolvió por unanimidad:

  • Dejar sin efecto todas las actuaciones emitidas en el CPCCS que han constituido un incumplimiento del dictamen de la Corte Constitucional.
  • Disponer a las áreas administrativas internas, garantizando el debido proceso, implementar todas las acciones para el cumplimiento integral del auto de verificación referido.
  • Disponer que la Coordinación General de Asesoría Jurídica, y la Coordinación Técnica para la Transparencia y Lucha contra la Corrupción, Participación y Control Social, realicen el seguimiento correspondiente a lo dispuesto por el Pleno del CPCCS. 
  • La Coordinación General de Asesoría Jurídica presentará, para conocimiento y aprobación al Pleno, un informe sobre el cumplimiento de esta Resolución por parte de todas las áreas institucionales internas.

 

DECISION  DE LA CORTE

El Pleno de la Corte Constitucional  declaró el incumplimiento del Dictamen 2-19-IC/19 y dispuso:

  • Destituir a Alembert Vera Rivera, en su calidad de consejero y presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social,,medida  que tuvo un efecto inmediato.
  • Destituir a Ismael Merizalde Núñez, coordinador general de asesoría jurídica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. 
  • Mantener abierta la fase de verificación de cumplimiento del dictamen 2-19-IC/19, con el fin de evaluar las acciones dirigidas a dejar sin efecto todas las actuaciones que han constituido un incumplimiento de  dicho  dictamen.
  • Continuar con la evaluación y determinación de la responsabilidad por el incumplimiento del dictamen 2-19-IC/19 de los consejeros Augusto Verduga, Andrés Fantoni y las consejeras Yadira Saltos, Johanna Verdezoto, Nicole Bonifaz y Mishelle Calvache, así como de los demás servidores del CPCCS, según sus actuaciones.
  • Evaluar y determinar su responsabilidad  de los servidores del CPCCS:   Mauricio Paúl Rivera Martínez, subcoordinador nacional de admisión y orientación jurídica;   Xavier Geovanny Martínez Carvajal, subcoordinador nacional de investigación;  Mariángel Muñoz Vicuña, secretaria técnica de transparencia y lucha contra la corrupción;   Juan Elías Solís Cortez, subcoordinador nacional de patrocinio; y Julián Garrido Ospina, coordinador general de Comunicación Social Comunicación Participativa y Atención Ciudadana.
  •  Ordenó que  el pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social   deje sin efecto y archive definitivamente todas las actuaciones administrativas relacionadas con la creación de una veeduría para diagnosticar y evaluar las actuaciones administrativas de cese de funciones y designación de los jueces de la Corte Constitucional por parte del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio.

Finalmente reiteró que el resultado del referéndum de 4 de febrero de 2018, respecto al periodo de transición del CPCCS, y el contenido del dictamen interpretativo 2-19-IC/19, son de obligatorio cumplimiento para todos los ciudadanos y servidores públicos. Su incumplimiento acarreará responsabilidades conforme la Constitución y la Ley.

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