Entre las medidas adoptadas se restringe aún más la circulación en el territorio nacional y solo podrán hacerlo los vehículos particulares para abastecerse de víveres, medicamentos y combustible.
El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE Nacional) ordenó estas medidas y estableció el calendario de circulación que deberá se controlado estrictamente por las Fuerzas Armadas. De acuerdo con la disposición el calendario de circulación es: lunes vehículos de placas 1 y 2; martes 3 y 4;miércoles 5 y 6;jueves7 y 8,viernes 9 y 10,mientras que los sábados y domingos esta prohibida la total circulación.
Además se mantienen las siguientes medidas como único recurso para detener la expansión invisible y vertiginosa del coronavirus.
- Sigue la prohibición de la jornada laboral presencial hasta el domingo 12 de abril.
- Durante abril se mantiene la suspensión de clases presenciales en todo el Sistema Nacional de Educación incluidas las las universidades.
- Se mantiene la suspensión de transporte internacional, interprovincial e intercantonal de pasajeros.
- Continúa la prohibición de circulación interprovincial para todos los ciudadanos.
- Los permisos y salvoconductos estarán vigentes para los servicios de salud, seguridad, alimentación, servicios básicos, sectores estratégicos, servicios financieros, comunicación y prensa y para la cadena de exportación.
Además siguen prohibidos eventos masivos y espectáculos públicos durante abril y mayo. De otro lado está autorizado dar el servicio de mantenimiento, reparación y talleres de vehículos en el territorio nacional.Este , servicio podrá prestarse a través de citas, por horarios o mediante unidades móviles.
No se suspende el traslado y comercialización de repuestos, neumáticos, baterías, lubricantes y en general, todos aquellos relacionadas a la cadena logística del transporte.
Las fuerzas armadas están autorizadas para realizar requisiciones, debidamente justificadas de: vehículos con características de ambulancia o de “clínica móvil”, que no sean utilizados; vehículos con características de automóviles adaptados para servicios fúnebres que se encontraren dentro del territorio nacional sin ser utilizados para fines de atender la emergencia que no sean utilizados; y vehículos con características de camión con autocargador con remolque elevador lateral de contenedor de 20 pies y/o 40 pies, en el número que sea necesario para atender la emergencia sanitaria.
El COE dispuso que se conformen “grupos de apoyo” en varias provincias para que controlen las acciones exequiales que deberán seguir los protocolos para manejo de cadáveres y realicen la movilización de estos y su inhumación o cremación.
El Organismo autoriza a los funcionarios públicos a realizar el levantamiento del cadáver y la firma del certificado de defunción, que los médicos del sistema público y privado de salud firmen los certificados de defunción que se produzcan dentro de un hospital o clínica.
En el caso de la provincia del Guayas estos grupos de apoyo deberán seguir el protocolo especial expedido para el manejo de cadáveres.
Mientras tanto el Ministerio de Salud Pública en el informe de este lunes dio cuenta de que hay 3.747 casos positivos, 100 casos con alta hospitalaria; 3.843 descartados y 191 personas fallecidas.
